El poder legislativo ya aprobó diversas modificaciones en materia fiscal para estar vigentes a partir del 1 de enero de 2014. Dichas modificaciones impactarán de manera severa tanto el bolsillo de personas físicas como el de personas morales, desincentivan la inversión extranjera y proyecta un mayor endeudamiento público del Gobierno Federal.
A continuación mencionaré los puntos más importantes que debemos tomar en cuenta para hacer nuestra planeación del ejercicio 2014 y evitar sorpresas que modifiquen sustancialmente los estados financieros de nuestras compañías:
1. Datos macroeconómicos
En realidad no hay grandes cambios en las principales variables macroeconómicas, pues se espera un crecimiento del PIB de 3.9%, la inflación estimada es del 3% más menos un punto porcentual, la tasa de interés promedio de CETES a 28 días es del 4.1%, se ajusta el precio del barril de petróleo crudo a 85.00 USD, el tipo de cambio promedio estimado es de 12.90 pesos por dólar y tendremos un déficit público del 1.4%.
2. Se eliminan dos impuestos IETU e IDE
El sector empresarial al principio celebraba que se eliminaran tanto el Impuesto Empresarial a Tasa Unica (IETU) como el Impuesto a los Depósitos en Efectivo, pero al final consideran que hubiera sido mejor que se quedaran estos dos impuestos y que no les encajaran el colmillo al quitarles demasiadas deducciones.
3. Modificaciones en deducciones autorizadas para Personas Morales
Sin lugar a dudas el golpe más fuerte que le da el Gobierno Federal a las empresas y a los trabajadores es en las remuneraciones donde los ingresos eran exentos, llámese gastos de previsión social, fondo de ahorro, pagos por separación, aguinaldo y prima vacacional entre otros, pues ahora dichos ingresos exentos podrán ser deducibles en un 53% si los patrones no hacen modificaciones a las prestaciones, pero si disminuye alguna de éstas la deducción será de tan solo el 47%. Vale la pena señalar que algunos patrones están pensando seriamente en eliminar algunas de estas prestaciones, pues al no poder deducirlas al 100% se le incrementará la base gravable para el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
También a nuestros legisladores se les ocurrió la grandiosa idea de reducir el monto deducible por la compra de vehículos, pues ahora sólo el límite para deducir fiscalmente un automóvil es de $130,000 cuando hasta este año era de $170,000.
El consumo en restaurantes prácticamente es de risa, pues ahora sólo se podrá deducir el 8.75% del monto erogado, siempre y cuando el pago sea a través de medios electrónicos.
4. Cambios para Personas Físicas
A las personas físicas que tengan ingresos anuales hasta $750,000 les seguirá aplicando la tasa del 30%, las que tengan ingresos anuales a partir de $750,000 y hasta $1,000,000 les aplicará la tasa del 32%, de 1 millón hasta 3 millones la del 34% y para ingresos superiores a 3 millones les aplicará la tasa del 35%.
En cuanto a deducciones personales, se aplicará la cantidad que resulte menor entre $94,463 y el 10% del total de ingresos del contribuyente, así que nos podemos ir olvidando de esas grandes devoluciones de impuestos a las que teníamos derecho.
Estará exenta la enajenación de casa habitación si el monto no rebasa los $3,500,000.
5. Impuesto al Valor Agregado (IVA)
En lo que corresponde a IVA homologó la tasa del IVA del 11 al 16% en zona fronteriza, lo cual tendrá una repercusión significativa en el bolsillo del consumidor con los ajustes de precios que efectúe todo el comercio y donde la gente que esté en el norte del país podría realizar más compras en Estados Unidos que en territorio nacional.
Por si algo faltaba y si necesitabas adquirir una mascota, te recomiendo que lo hagas antes del 31 de diciembre de 2013, pues se aplicará IVA a la tasa del 16% a la venta de perros, gatos, mascotas, así como a los alimentos para mascotas.
Otros productos que también serán sujetos del IVA son los chicles.
Desde hoy les puedo asegurar que habrá una escalada significativa de precios en estos productos y por lo tanto la inflación sufrirá las debidas consecuencias.
6. Impuesto Especial Sobre Producción y Servicio (IEPS)
Con el propósito de combatir la obesidad en territorio Nacional, se aplicará una cuota específica de 1 peso por litro a bebidas saborizadas, energizantes, concentrados, polvos, esencias o extractos de sabores con azúcares añadidas, se exceptúa a la leche, sueros oralesy bebidas preparadas en restaurantes.
Se aplicará la tasa del 8% a las botanas, confitería, chocolate, derivados del cacao, flanes, budines, dulces de frutas, cremas de cacahuate y avellanas, dulces de leche, alimentos preparados a base de cereales y helados, nieves y paletas de hielo.
Se aplicará un impuesto del 6%, 7% y 9% a plaguicidas, dependiendo del grado de toxicidad.
7. Asignación de buzón tributario
A partir del 30 de junio de 2014, todas las personas morales tendrán la obligación de consultar un buzón fiscal en la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para conocer todos los requerimientos y notificaciones que le quiera hacer llegar el SAT a las empresas y éstas tendrán 3 días hábiles para contestar dichas solicitudes, porque en caso de no hacerlo dentro de ese período, el SAT podrá exigir sin mayor problema los créditos fiscales que se deriven de dichos requerimientos, así que hay que tener especial cuidado con este nuevo sistema electrónico de avisos al contribuyente.
8. Comprobantes fiscales
A partir del 1 de enero de 2014, los únicos comprobantes que aceptará el SAT como medio de comprobación para cualquier clase de operación contable, será el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), incluso para poder deducir el pago de la nómina, los recibos de nómina deberán consistir en CFDI.
FUENTE: http://www.merca20.com
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